En la actualidad España copa el porcentaje de procedimientos de arbitraje por los recortes aplicados a las energías renovables, de hecho acumula casi una treintena de demandas de inversores extranjeros todavía no resueltas, pleitos pendientes de dirimir en el Ciadi (institución del Banco Mundial), en el Tribunal de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo y en el Tribunal de París. Los inversores nacionales no pueden acudir al tribunal internacional de arbitraje, sólo pueden recurrir el recorte ante los tribunales nacionales.
En el caso español, las denuncias se centran en los recortes a la energía solar y a la termosolar acometidos por el Gobierno a finales de 2010 y durante la legislatura concluida en 2015. De los 32 arbitrajes incoados contra España en distintos organismos internacionales por las demandas presentadas por inversores extranjeros en España, uno está en Uncitral (Comisión de las Naciones Unidas), tres en el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo -ya resueltos-, y 28 ante el Ciadi (Banco Mundial).
Dicho de otra forma, desde la primera demanda presentada en 2011 contra la reforma del sector llevada a cabo por el Gobierno hasta hoy, sólo se han resuelto cuatro arbitrajes de los 32 presentados contra España: tres en Estocolmo, dos favorables a nuestro país y el último en contra, y uno en el Ciadi, también favorable a los demandantes.
Los inversores extranjeros reclaman a España al menos 7.566 millones de euros en distintas instancias internacionales de arbitraje por los perjuicios que supuestamente les causaron los recortes en las primas a las energías renovables.
Antecedentes
2007, el año del gran impulso a las energías renovables.- Todo comenzó con la aprobación del Real Decreto 661/2007 por parte del Gobierno cuya aplicación provocó un rápido despegue de las energías renovables. Se trataba de un sistema que garantizaba a los inversores de energías renovables el cobro de una retribución durante toda la vida útil de la planta, ya fuera eólica, termosolar o fotovoltaica. Es lo que se conoce como las primas a las renovables, unas ayudas con cargo a la factura de la luz que garantizaban la rentabilidad de este tipo de energías. Con la promesa de elevadísimas tasas de rentabilidad, inversores nacionales y extranjeros con intereses en el sector acudieron a la llamada. Gracias a la financiación económica de grandes bancos y financieras se produjo un ‘boom’ de las fotovoltaicas en pocos meses. El éxito fue rotundo, mucho mayor del que había calculado el Gobierno.
Recortes en las retribuciones a partir de 2010.- Pero sólo tres años después el Gobierno comenzó a aplicar los primeros recortes. El déficit del sector eléctrico llevó al Gobierno a reducir esas ventajas para recaudar más y compensar las pérdidas. De esta forma el Gobierno comienza a echarse para atrás y en 2010 anuncia un recorte en las retribuciones, que sólo se aplicarán hasta un máximo de horas de producción al año. Un límite que, en general, estaba muy por debajo de las horas de producción real y que supone importantes pérdidas para el sector y para los miles de inversores que ya no ven tan garantizada la rentabilidad.
Reforma del sector eléctrico en 2013.- Las renovables y sus productores sufren el golpe definitivo con la aprobación de numerosas reformas que incluyen un impuesto a la generación de electricidad o el anuncio de la no retribución de todas las nuevas instalaciones de energía renovables posteriores a 2012. Es decir, frena en seco las posibles inversiones posteriores, porque ninguna instalación contará más con ayuda alguna. Se trata de una sucesión de recortes a la energía limpia que culminó con la reforma del sector eléctrico en 2013 que corta drásticamente (en un 40%) las primas que sí seguían vigentes. Miles de inversores en renovables se vieron gravemente perjudicados y cientos de empresas de renovables terminaron quebrando, generando un aluvión de demandas y haciendo inviables muchos proyectos de renovables.
2015, aprobación del Real Decreto de Autoconsumo.- Con la aprobación de este Real Decreto, el Gobierno fijaba una serie de costes que se les cobra a los productores de electricidad con instalaciones de más de 10 kW de potencia o a aquellos que tienen baterías de almacenamiento para conservar los excedentes.
Los inversores extranjeros de renovables, para proceder a sus demandas, podían acogerse al marco de la Carta de la Energía, un tratado creado para garantizar las inversiones internacionales en el sector, que prevé tres foros para demandar:
- El Ciadi (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones) corte arbitral del Banco Mundial en la que están la mayoría de pleitos.
- La Cámara de Comercio de Estocolmo (SCC)
- Uncitral, las reglas de derecho mercantil de la ONU.
Arbitrajes internacionales de España: 2 victorias y 4 pérdidas
Los sucesivos recortes de primas a las renovables llevaron a más de 40 inversores internacionales a plantear reclamaciones contra España. La mayoría en el Ciadi, pero también en la Cámara de Comercio de Estocolmo y en Uncitral.
España ganó los dos primeros laudos arbitrales internacionales que fueron planteados por Isolux. Los cuatro laudos siguientes, planteados por los fondos Eiser, Novenergía, Masdar y Antin han sido resueltos a favor de los demandantes.
Victorias de España:
1.- 2013. Isolux Infrastructure Netherlands.- Aunque Isolux es compañía española, utilizó una firma en Holanda para poder acudir a un arbitraje internacional. Las empresas españolas sólo podían recurrir el recorte ante los tribunales nacionales, pero hubo firmas -como Isolux y Abengoa- que consideraron que en un arbitraje internacional tenían más opciones de ganar y utilizaron filiales en el exterior para ir contra España. Isolux, bajo la Carta de la Energía, acudió a la Cámara de Comercio de Estocolmo, donde las reglas de confidencialidad son mayores. Se saldó con la desestimación de la corte arbitral sueca.
2.- 2016. Charanne B. V. y Construction Investments (sociedades vinculadas a Isolux).- La Cámara de Comercio de Estocolmo desestima la reclamación presentada por estas dos sociedades para compensarle por la rebaja de primas y por el impuesto del 7% a la generación renovable que fijó el Gobierno. El laudo da la razón a España.
Arbitrajes perdidos por España:
1.- Mayo de 2017. Eiser (abierto procedimiento de anulación).- España pierde su primer arbitraje internacional ante el Ciadi por los recortes a las renovables aplicados desde 2010. El laudo da la razón en sus pretensiones a la firma británica Eiser Infrastructure Limited y su filial luxemburguesa Energia Solar Luxembourg, con tres plantas solares en España (una en Extremadura y dos en Castilla-La Mancha) y una inversión comprometida de 935 millones de euros. Condenan a España al pago de 128 millones de euros más intereses, frente a los más de 300 millones que reclamaban los demandantes. En este caso en el CIADI los árbitros aseguraron en su laudo que la reforma energética del Gobierno fue “devastadora” y en este caso el fondo, también ubicado en Luxemburgo, fue capaz de demostrar que el cambio regulatorio de 2013 le provocó una destrucción de la inversión.
2.- Febrero de 2018. Novenergia (suspendido).- España pierde su segundo arbitraje internacional por el recorte de las primas a la energías renovables, en este caso ante el Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo (Suecia). El laudo dictado por ese tribunal arbitral obliga a España a pagar 53,3 millones de euros -más intereses y costas del proceso- a la sociedad Novenergia, con sede en Luxemburgo que había reclamado 60,4 millones de euros. Se trataba de una inversión de 2007 de siete instalaciones fotovoltaicas en Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia y Cataluña, que atacaban la reforma de 2013. Pero a diferencia de Eiser, Novenergia tuvo que admitir que el cambio normativo no supuso una destrucción de su inversión (como sucede en muchos de los pleitos pendientes). Al demandante no le quedó más remedio que reconocer delante de los árbitros que pese a todo seguía ganando dinero. No obstante los tres árbitros acabaron dándole la razón por considerar que la reforma fue “radical, drástica e inesperada”, y que pese a que no había una destrucción de la inversión, sus atributos se habían reducido ostensiblemente.
3.- Mayo de 2018. Masdar Solar.- España pierde el tercer laudo arbitral por el recorte de las renovables. En esta ocasión es por la denuncia interpuesta contra España en el Ciadi del Banco Mundial por el fondo Masdar Solar, propiedad de la empresa Mubadala, participado en un 100% por el Emirato de Abu Dabi. Según el Ciadi, España tendrá que pagar una compensación de 64,5 millones de euros (más intereses) por haber vulnerado el Tratado de la Carta de Energía en los cambios regulatorios que aplicó el Gobierno en 2013 y 2014. Masdar Solar reclamaba a España más de 250 millones de euros por el recorte de primas a las renovables comprometidas en la planta Gemasolar, ubicada en Fuentes de Andalucía (Sevilla). España queda libre de pagar las costas del proceso, que se repartirán a partes iguales. El laudo del Ciadi señala que la reforma eléctrica de 2013 supuso un vuelco en la regulación energética de España y violó las expectativas legítimas de los inversores por obtener una rentabilidad estable para su inversión. No obstante, el tribunal excluye de la reclamación el coste del impuesto del 7% sobre la generación de electricidad -al entender que no es un recorte sino una competencia fiscal del país- y reduce la vida útil de la planta a 25 frente a los 40 reclamados por Abu Dabi.
4.- Junio de 2018. Fondo Antin.- España ha perdido el pasado mes de junio un nuevo arbitraje internacional por el recorte a las energías renovables. El Ciadi falló a favor del fondo Antin y condenó al Estado español al pago de una indemnización de 112 millones de euros, aunque el fondo reclamaba 218. Antin compró en 2011 a ACS dos plantas termosolares en Granada, Andasol 1 y 2 y las vendió el año pasado a otro fondo, Cubico. En su fallo, el tribunal consideraba que el cambio regulatorio fue tan abrupto que vulneraba el artículo 10 de la Carta de la Energía, tratado internacional que garantiza las inversiones internacionales en esta materia. Otra novedad de este laudo es que a diferencia de los anteriores condena al Estado español a pagar el 60% de las costas del demandante, que en anteriores casos determinó que se pagaran a partes iguales.
Las renovables miran con esperanza al futuro
Las fuentes de Energía han señalado que el caso de España no es único y que otro países europeos, como Alemania, Polonia o la República Checa, han recibido también laudos arbitrales contrarios por su regulación energética.
No obstante los promotores de renovables y las industrias ligadas al sector en España miran con esperanza al futuro tras el acuerdo alcanzado para que la cuota de renovables en la UE a 2030 sea del 32%, cuyo cumplimiento requerirá de importantes inversiones. España e Italia han sido claves en el cambio de postura de los países, al defender unos objetivos más ambiciosos. En el sector, organizaciones como APPA o la Unión Española Fotovoltaica (UNEF) confían, además, en que la cuota de renovables para 2030 pueda verse ampliada al 35% en la revisión que se haga en 2023.
05/07/2018